Actualización sobre la Ley Antifraude: Publicación de la Orden Ministerial y Plazos de Cumplimiento

Tabla de contenido

Actualización: publicada la Orden Ministerial y los Plazos de cumplimiento, te lo contamos en este blog.

Ley antifraude

Introducción

El pasado 28 de octubre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del Estado
(BOE) la Orden Ministerial que desarrolla la Ley Antifraude, estableciendo
oficialmente los plazos de cumplimiento para las empresas de software en
España. Según esta orden, las empresas desarrolladoras de software deben
adaptar sus sistemas de facturación antes del 29 de julio de 2025.

Resumen de la norma

La Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el
fraude fiscal, establece requisitos específicos para los sistemas de facturación
utilizados por empresas y autónomos. El objetivo es garantizar la integridad,
conservación y accesibilidad de los registros de facturación, asegurando que
cada transacción sea precisa y transparente, evitando modificaciones no
autorizadas y permitiendo el envío automático de información a la
Administración Tributaria.

Entre las principales obligaciones se encuentran:

  • Emisión de facturas con firma electrónica y código QR: Todas las
    facturas, ya sean completas o simplificadas, deben incluir una firma
    electrónica única y un código QR que contenga la información detallada
    de la factura.
  • Inalterabilidad de las facturas: Una vez emitidas, las facturas no
    pueden ser alteradas, garantizando la autenticidad de la información
    registrada.
  • Envío automático a Hacienda: Opcionalmente, las facturas pueden
    enviarse automáticamente a la Agencia Tributaria. En este caso, deben
    incluir la leyenda «Sistemas VERI*FACTU».
  •  

Los programas de facturación deben garantizar, a través de una declaración de
responsabilidad, que cumplen con los requisitos establecidos. Los hosteleros y
demás profesionales solo podrán utilizar soluciones de facturación que hayan
sido certificadas conforme a la normativa vigente.

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Implicaciones para los hosteleros

La publicación de la Orden Ministerial establece claramente los plazos de
adaptación para las empresas de software. Sin embargo, para los
contribuyentes, incluyendo a los profesionales de la hostelería, la fecha de
cumplimiento inicialmente prevista para el 1 de julio de 2025 podría ser objeto
de revisión. Aunque no hay una comunicación oficial por parte de Hacienda, se
especula que el plazo podría extenderse hasta principios de 2026.

Es fundamental que los hosteleros estén atentos a las comunicaciones oficiales
y se preparen para adaptar sus sistemas de facturación conforme a los nuevos
requisitos. El incumplimiento de estas normativas puede acarrear sanciones
significativas, con multas que oscilan entre 50.000 y 150.000 euros.

Nuestro compromiso

En Tipsi estamos comprometidos con el cumplimiento de la normativa vigente.
Al igual que hicimos con TicketBAI en el País Vasco, donde fuimos uno de los
primeros softwares de hostelería en conectarse con la Hacienda Foral Vasca,
ya estamos trabajando para asegurar que nuestras soluciones de facturación
cumplan con todos los requisitos de la Ley Antifraude.

Si aún no eres cliente de Tipsi, estaremos encantados de conocerte y explorar
cómo podemos ayudarte a adaptar tu negocio de hostelería a las nuevas
exigencias legales.

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