Menudo lío con tanta sigla. Verifactu por aquí, SII por allá… parece una sopa de letras fiscal. Pero tranquilo, que no es tan fiero el león como lo pinta Hacienda.
Imagina que la Agencia Tributaria es el director de una orquesta. Para que todos toquemos afinados y sin esconder partituras, ha sacado dos batutas diferentes: una para los solistas (las grandes empresas) y otra para el resto de la orquesta (autónomos y pymes).
La sopa de letras fiscal: ¿qué son Verifactu y SII?
Verifactu, la nueva batuta para autónomos y pymes
Nace de la Ley Antifraude (Ley 11/2021).
Afecta a casi todos los que emiten facturas con software: autónomos y pymes.
Su misión: garantizar que cada factura deje un rastro imborrable y verificable (hash, QR, registros).
El envío de datos a Hacienda es voluntario, pero el software debe estar preparado.
En resumen: Verifactu es la batuta que marca el ritmo de la base de la orquesta.
SII, el veterano que controla a los grandes
Está en marcha desde 2017.
Es obligatorio para empresas con facturación >6M €, grupos de IVA y los del REDEME.
Su misión: controlar el IVA casi en tiempo real (plazo de 4 días hábiles).
Obliga a enviar a Hacienda los libros de IVA (facturas emitidas y recibidas).
Es la batuta para los solistas: los peces gordos que tocan en primera fila.
Diferencias clave entre Verifactu y SII
Característica | Verifactu | SII |
---|---|---|
¿Quién juega? | Autónomos y pymes fuera del SII | Grandes empresas, >6M €, grupos de IVA, REDEME |
Regla principal | Software adaptado; envío a AEAT voluntario | Envío obligatorio de libros de IVA |
Qué controla | Facturas emitidas, trazabilidad, QR | Libros de IVA (emitidas y recibidas) |
¿Se aplican juntos? | No, son excluyentes | No, son excluyentes |
Objetivo | Evitar fraude en facturación | Control exhaustivo del IVA |
Quién está obligado a cada sistema
SII → grandes empresas, grupos de IVA, REDEME.
Verifactu → autónomos y pymes que no están en el SII.
Objetivos de Hacienda: fraude vs IVA
SII: control total del IVA.
Verifactu: impedir software pirata o contabilidad “B”.
Cómo funcionan
SII: envías los libros de IVA a la AEAT en unos días.
Verifactu: registras facturas de forma inamovible y con QR; el envío es opcional.
¿Pueden aplicarse ambos a la vez?
Exclusión mutua confirmada por la Agencia Tributaria
La propia AEAT lo dice claro: quienes cumplen con el SII no tienen que cumplir con Verifactu, y viceversa.
Son como el aceite y el agua: no se mezclan.
El “pase VIP” de las empresas en SII
Si estás en el SII, tienes un pase VIP que te libra de Verifactu. Tu software no necesita QR, ni leyenda “VERI*FACTU”, porque Hacienda ya te vigila en directo.
Ejemplos prácticos
Una multinacional en SII → solo cumple con el SII, nada de Verifactu.
Una pyme con facturación normal → sí o sí entra en Verifactu (a menos que se apunte voluntariamente al SII).
Relación práctica entre Verifactu y SII
Qué pasa si estás en SII y recibes facturas Verifactu
Aunque tú no uses Verifactu, tus proveedores sí. Por eso empezarás a recibir facturas con QR y leyenda “Factura verificable”. No es tu obligación, pero sí una ventaja: facilita la digitalización y futura factura electrónica.
Cómo afecta a proveedores y clientes
Cliente en SII + proveedor en Verifactu = facturas con QR que se pueden verificar.
Cliente en Verifactu + proveedor en SII = factura normal (sin QR), pero el IVA se controla vía SII.
Posibilidad de pasar de Verifactu al SII voluntariamente
Un autónomo o pyme puede inscribirse en el SII (modelo 036) y así librarse de Verifactu. Eso sí, el SII es más exigente en información y plazos.

