Diferencia entre Verifactu y factura electrónica: guía clara para autónomos y pymes

María Kueppers

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A muchos autónomos y pymes nos ha pasado lo mismo: escuchamos hablar de Veri*Factu y de la factura electrónica y pensamos que son lo mismo. Pero no lo son. Es como tener dos reglas nuevas en el mismo partido: se parecen, se solapan en el día a día… pero regulan cosas distintas.

Para que quede claro, imagínate que tu software de facturación es el motor de tu coche:

  • Veri*Factu sería la ITV del motor: Hacienda quiere que funcione de forma segura y que no se pueda trucar.

  • Factura electrónica sería el carnet de conducir en autopistas: regula cómo te comunicas con otras empresas en carretera (B2B).

Con esta idea en mente, vamos a desglosar las diferencias y qué implican para tu negocio.

Aspecto Veri*Factu (Ley Antifraude / SIF) Factura electrónica (Ley Crea y Crece)
Objetivo Control fiscal y anti-manipulación del software Reducir morosidad y estandarizar la facturación entre empresas (B2B)
A quién aplica A quien use software de facturación (autónomos, pymes, B2B y B2C) Solo operaciones entre empresas y autónomos (B2B)
Enfoque Técnico: registros, inalterabilidad, trazabilidad, QR y requisitos del sistema Funcional: formato estructurado, interoperabilidad, estados de la factura (emitida/aceptada/pagada)
Ejemplo fácil La “ITV” del software de facturación El “carnet de conducir” en autopistas B2B
Sanciones (referencia) Hasta 50.000 € para usuarios por tenencia/uso de software no conforme y hasta 150.000 € para fabricantes Hasta 10.000 € por incumplimientos vinculados a la obligación B2B (según desarrollo reglamentario)
Calendario Usuarios: 2027 (empresas: 01/01/2027 · autónomos: 01/07/2027).
Fabricantes: productos adaptados al mercado antes del 29/07/2025.
Entrada escalonada, pendiente de calendario definitivo completo (prioridad B2B)
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¿Qué es Veri*Factu y por qué es obligatorio?

El origen en la Ley Antifraude (Ley 11/2021) y el sistema SIF

Veri*Factu forma parte del marco de Sistemas Informáticos de Facturación (SIF). Su misión es clara: impedir que los programas permitan manipular ventas, borrar registros o llevar una “contabilidad B”. La norma no se centra solo en la factura: se centra en que el software funcione con garantías.

Cómo funciona en la práctica

Aquí está la clave: el sistema debe generar un registro de facturación por cada factura emitida, de forma simultánea o inmediatamente anterior a su expedición. Además:

  • Cada factura debe dejar un registro inalterable (no “editable” sin dejar evidencia).

  • Todas las facturas deben incorporar un código QR y la frase “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT”.

  • Según la modalidad que elijas (Veri*Factu o No Veri*Factu), cambian los requisitos técnicos internos del sistema (más abajo lo verás claro).

En resumen: Hacienda quiere asegurarse de que el “motor” de tu facturación no se puede manipular sin rastro.

Las dos modalidades: Veri*Factu vs No Veri*Factu

Tu software deberá permitirte operar de dos formas:

  • Modalidad “Veri*Factu” (envío inmediato): el sistema remite automáticamente los registros a la AEAT en el momento de emitir. Ventaja: se considera que cumples integridad y seguridad “por diseño”, reduciendo la carga técnica para el usuario.

  • Modalidad “No Veri*Factu” (almacenamiento local): no se envía en tiempo real, pero el sistema debe guardar localmente y cumplir requisitos adicionales (por ejemplo, firma electrónica del registro, encadenamiento/huella (hash) estricto y logs de auditoría).

¿Qué es la factura electrónica de la Ley Crea y Crece?

Su objetivo: combatir la morosidad

La factura electrónica obligatoria (B2B) nace con la Ley Crea y Crece. No está pensada para controlar fraude fiscal, sino para modernizar transacciones entre empresas y ayudar a controlar plazos de pago.

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Formato estructurado e interoperabilidad

Aquí lo importante no es “poner un PDF bonito”, sino que la factura circule en un formato electrónico estructurado y que los sistemas interoperan (puedas enviar y recibir sin depender de que el otro use tu mismo proveedor). Además, se gestionan estados (emitida, aceptada, pagada, etc.).

Importante: no confundas “factura electrónica B2B” con “Veri*Factu”.
Veri*Factu controla la integridad del registro fiscal y el software.
Factura electrónica B2B regula el formato/flujo de intercambio entre empresas.

Relación entre Veri*Factu y la factura electrónica: ¿cómo encajan?

No son excluyentes, son complementarios:

  • Veri*Factu/SIF asegura la base: tu sistema registra y conserva la facturación con garantías antifraude.

  • Factura electrónica B2B añade la capa de comunicación: intercambio estructurado, interoperable y con estados entre empresas.

Dicho fácil: primero aseguras que tu “motor” es legal y trazable; después, garantizas que tu “circulación” B2B es electrónica y estandarizada.

Plazos de entrada en vigor y cómo prepararse

Fechas clave (actualizadas con la prórroga a 2027)

  • Usuarios (obligación de uso): empresas (Impuesto de Sociedades) desde 01/01/2027 y autónomos/otros profesionales desde 01/07/2027.

  • Fabricantes (software listo para el mercado): antes del 29/07/2025.

  • Factura electrónica B2B: entrada escalonada pendiente de calendario definitivo completo (norma separada).

Qué debe garantizar tu software de facturación

Si no quieres sorpresas, asegúrate de que tu programa:

  • Cumple SIF y permite operar en Veri*Factu y/o No Veri*Factu según tu elección.

  • Incluye QR y la leyenda “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT” en las facturas.

  • Si operas en No Veri*Factu, cumple los requisitos extra (firma del registro, encadenamiento y logs).

  • Si haces B2B, está preparado (o tiene roadmap claro) para factura electrónica estructurada e interoperable.

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Preguntas frecuentes sobre Veri*Factu y factura electrónica

¿Puedo emitir facturas electrónicas sin cumplir Veri*Factu?

En la práctica, no deberías plantearlo así: son obligaciones distintas. Puedes estar “en B2B” y necesitar factura electrónica estructurada, pero igualmente tu sistema debe cumplir con SIF (y, si eliges, operar en Veri*Factu o No Veri*Factu) cuando aplique.

¿Qué pasa si solo vendo a particulares (B2C)?

En ese caso, la factura electrónica B2B no te impacta por tus ventas, pero Veri*Factu/SIF sí, porque afecta al software con el que registras y emites la facturación.

¿Cómo saber si mi software cumple?

Pide a tu proveedor confirmación clara de cumplimiento SIF y qué modalidad soporta (Veri*Factu / No Veri*Factu). Y guarda la documentación: en cumplimiento, tener “pruebas” vale oro.

Conclusión

En resumen:

  • Veri*Factu es la ITV del software: garantiza que tu facturación es trazable y no manipulable.

  • La factura electrónica es el carnet de conducir en autopistas B2B: regula el intercambio estructurado entre empresas.

Mi consejo: no lo dejes para el último momento. Revisa ya si tu software está preparado para SIF y define si te conviene operar en modalidad Veri*Factu (con envío) o No Veri*Factu (sin envío, con requisitos extra).

María Kueppers

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María Kueppers

CEO & Socia Fundadora de Tipsi. Con más de 12 años transformando la hostelería con tecnología TPV 360º, ayuda a restaurantes a optimizar su gestión y aumentar su rentabilidad.

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